Hacía la erradicación de la violencia de género
El trabajo del Poder Judicial de Entre Ríos
Por Susana Medina (1)
1. Introducción
La violencia por razones de género continúa siendo uno de los mayores desafíos para los Estados, que han asumido su erradicación como un compromiso internacional en materia de derechos humanos. Instrumentos como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) obligan a adoptar medidas integrales para prevenir, sancionar y reparar la violencia contra las mujeres.
En línea con estos estándares, la Argentina avanzó con la sanción de la Ley 26.485 y, a través de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la creación del Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (RNFJA), que se nutre del aporte de todas las jurisdicciones provinciales, herramientas que permiten construir políticas públicas basadas en información judicial confiable.
En la provincia de Entre Ríos, este compromiso se ve reforzado con la implementación del Registro Judicial de Causas y Antecedentes de Violencia (REJUCAV), una iniciativa pionera que fortalece la respuesta institucional y promueve una justicia con verdadera perspectiva de género.
2. Números a nivel nacional según la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (2)
De acuerdo con el Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (RNFJA), elaborado por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, durante el año 2024 se registraron 247 víctimas letales de violencia de género en el país.
De ellas, 228 fueron víctimas directas de femicidio (220 mujeres cis y 8 mujeres trans/travestis) y 19 personas resultaron víctimas de femicidios vinculados, es decir, muertes de terceros -familiares o allegados- producidas en el contexto o con motivo de un femicidio.
El relevamiento -realizado sobre causas judiciales en trámite en todas las jurisdicciones del país- permitió establecer que una víctima directa de femicidio fue asesinada cada 39 horas, y una víctima letal de violencia de género cada 36 horas. La tasa nacional de víctimas directas de femicidio fue de 0,95 por cada 100.000 mujeres, lo que revela la persistencia del fenómeno a lo largo del tiempo y la necesidad de continuar fortaleciendo las políticas públicas de prevención.
En cuanto al vínculo entre víctima y agresor, en el 86 % de los casos existía una relación previa, ya sea de pareja, expareja, vínculo sexo-afectivo o familiar. Este dato confirma que la mayoría de los femicidios se producen en el ámbito íntimo o doméstico, lo que pone en evidencia la continuidad de un patrón estructural de violencia de género en contextos de confianza o convivencia.
Por otra parte, el informe destaca que al menos 96 de las víctimas directas tenían a su cargo 204 niñas, niños y adolescentes de entre 0 y 17 años. Este indicador da cuenta del profundo impacto social e intergeneracional de la violencia letal de género, que excede a la víctima y alcanza de manera directa a sus entornos familiares y comunitarios.
Respecto de la nacionalidad de los victimarios, el 88 % eran argentinos y al menos un 11 % de origen extranjero. Con respecto a los agresores, el informe señala que inmediatamente después de cometer el hecho, 41 (17 %) se suicidaron y 13 (5 %) lo intentaron; mientras que 85 (35 %) se dieron a la fuga y 76 (31 %) procuraron ocultar su autoría. Estas cifras revelan la diversidad de reacciones posteriores al hecho y la complejidad en la investigación de los casos.
En relación con los métodos utilizados, las víctimas directas de femicidio fueron asesinadas principalmente mediante uso de la fuerza física (manual o con elementos) en 86 casos (36 %); con armas blancas o elementos cortopunzantes en 67 (29 %); con armas de fuego en 46 (20 %); con fuego u otros medios combustibles en 13 (6 %); y por intoxicación o envenenamiento en 5 casos (2 %). Asimismo, al menos 36 de las 228 víctimas directas estuvieron desaparecidas o extraviadas previamente al hallazgo del cuerpo, lo que incorpora una dimensión adicional de violencia y control sobre la víctima.
En cuanto al lugar del hecho, el 79 % (180 casos) de los femicidios directos ocurrieron en viviendas, y solo el 9 % (20 casos) en el espacio público. Además, el 84 % de los hechos tuvo lugar en zonas urbanas, mientras que el 14 % restante ocurrió en zonas rurales. Estos datos refuerzan la centralidad del espacio doméstico como escenario de riesgo y la necesidad de políticas territoriales diferenciadas según el contexto urbano o rural.
3. Números en la Provincia de Entre Ríos
La Oficina de la Mujer del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER), a través del Centro Judicial de Género “Dra. Carmen María Argibay”, realiza el relevamiento y análisis de causas judiciales vinculadas a femicidios conforme a la metodología establecida por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Este trabajo implica la recopilación sistemática de datos judiciales en toda la provincia, su validación y posterior remisión al Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (RNFJA), garantizando así la comparabilidad y uniformidad de la información.
Dicho relevamiento se realiza siguiendo el Protocolo para la detección de causas judiciales de femicidio y la construcción del RNFJA, que recupera los criterios del Modelo de Protocolo Latinoamericano de Investigación de Muertes Violentas de Mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio), elaborado por Naciones Unidas y adaptado al contexto argentino por la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM). Esta metodología asegura un abordaje homogéneo, con perspectiva de género y basado en estándares internacionales, permitiendo consolidar información precisa y útil para el diseño de políticas judiciales y públicas en materia de violencia de género.
De acuerdo con la información remitida por la Oficina de la Mujer del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) a la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, durante el año 2024 se registraron en la provincia siete víctimas directas de femicidio, una de ellas transfemicidio, conforme los criterios del Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (RNFJA).
Los hechos ocurrieron en los departamentos de Victoria, Nogoyá, Concordia, Islas del Ibicuy, Paraná, Diamante y Colón, lo que refleja una distribución territorial que atraviesa diferentes zonas geográficas y sociales de la provincia. Las víctimas tenían entre 23 y 69 años, y en casi el 100 % de los casos conocían a su agresor. En el 60 % de los hechos, el femicida tenía o había tenido una relación sentimental con la víctima.
En cuanto al lugar del hecho, la mayoría de los femicidios ocurrió dentro de una vivienda, ya sea en el domicilio compartido, en la vivienda de la víctima o en la del agresor, reafirmando que el ámbito doméstico sigue siendo el principal espacio de riesgo para las mujeres.
Respecto del medio empleado, se registraron distintos modos de comisión: dos casos mediante fuerza física, uno con arma blanca, uno con objeto pesado, uno con fuego y dos con otros medios. Además, en cuatro de los casos quedaron niñas, niños y adolescentes sin sus madres, lo que visibiliza el impacto intergeneracional y social de la violencia letal de género.
En relación con el estado procesal de los agresores, cinco femicidas se encuentran privados de libertad, uno en libertad y uno se suicidó tras el hecho. En al menos dos situaciones, las víctimas contaban con medidas de protección vigentes o vencidas, lo que reafirma la importancia de fortalecer los mecanismos de seguimiento, control y articulación institucional en torno a su cumplimiento.
En Entre Ríos, este trabajo se ve fortalecido por el Registro Judicial de Causas y Antecedentes de Violencia (REJUCAV) (3), aprobado por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos en Acuerdo General del 4 de agosto de 2015, que funciona bajo la Oficina de Violencia de Género del Centro Judicial de Género “Dra. Carmen María Argibay” y constituye una herramienta clave para la gestión de la información judicial vinculada a la violencia de género.
El REJUCAV consiste en la sistematización de la información que cada organismo judicial ingresa diariamente en el software jurídico, vinculada con causas de violencia familiar y contra la mujer, así como con delitos cometidos en razón de dichas violencias.
Su objetivo principal es recolectar y organizar información proveniente de los fueros penal, civil, laboral y de familia, creando una base de antecedentes unificada que ofrece datos útiles durante los procesos judiciales y permite el cruce de antecedentes, la verificación de medidas de protección y la detección temprana de situaciones de riesgo.
Asimismo, el registro posibilita la generación de estadísticas jurisdiccionales, la recopilación de jurisprudencia y la producción de información destinada a la Oficina de la Mujer local, para su posterior remisión a los registros nacionales. Esta integración de datos fortalece las estrategias provinciales de prevención, intervención y monitoreo en casos de violencia de género y familiar.
La existencia del REJUCAV representa, por tanto, una buena práctica institucional que posiciona a Entre Ríos como provincia pionera en la gestión judicial con perspectiva de género.
Su desarrollo demuestra que la articulación interinstitucional, la unificación de información y la mirada preventiva son pilares esenciales para cumplir los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino en el marco de la CEDAW y la Convención de Belém do Pará. Este modelo provincial, centrado en la producción de conocimiento y en la coordinación entre los distintos fueros, constituye una experiencia replicable y de alto valor para otras jurisdicciones del país.
4. Conclusión
El análisis de los datos obtenidos a nivel nacional y provincial evidencia que la violencia por razones de género continúa siendo un fenómeno persistente y complejo, cuya erradicación demanda un compromiso sostenido, recursos adecuados y una articulación institucional efectiva.
En este marco, la labor desarrollada por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través de la sistematización y el análisis de la información judicial, constituye un aporte esencial para la construcción de políticas públicas basadas en evidencia.
Del mismo modo, el trabajo del Poder Judicial de Entre Ríos, mediante la implementación del REJUCAV, representa una práctica destacada en gestión de datos, seguimiento de casos y prevención de la violencia.
Fortalecer y consolidar estos registros es clave para avanzar hacia una justicia con perspectiva de género que proteja de manera efectiva los derechos de las mujeres y diversidades, honrando los compromisos internacionales asumidos por nuestro país y promoviendo un futuro libre de violencias.
(1) Presidenta de la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina (AMJA), Presidenta de la Sala N° 3 del Trabajo del del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, Presidenta de la Federación Mujeres Juezas de Latinoamérica (FEMJUL), Directora Académica del Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial “Dr. Juan Bautista Alberdi”, Magíster en Magistratura y Derecho Judicial (Univ. Austral), Especialista en Justicia Constitucional y Derechos Humanos (Univ. de Bolonia), Máster en Justicia Constitucional y Derechos Humanos (Univ. De Bolonia), Diplomada en Género (Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación) y, Diplomada Superior en Género y Justicia (FLACSO), entre otros antecedentes.
(2) En 2024 hubo 247 víctimas letales de violencia de género en el país - Oficina de la Mujer
(3) REJUCAV – Poder Judicial de Entre Ríos